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La
Medicina de Urgencias y Emergencias es el
área de la Medicina que se ocupa de la asistencia, la docencia,
investigación y prevención de las condiciones urgentes y emergentes.
Según la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) la urgencia
es la aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de
un problema de etiología diversa y gravedad variable que genera
la conciencia de una necesidad inminente de atención, por
parte del sujeto o su familia. Según la Asociación Médica
Americana (A.M.A.) urgencia es toda aquella condición que,
en opinión del paciente, su familia, o quien quiera que asuma
la responsabilidad de la demanda, requiere una asistencia
inmediata. La emergencia es aquella situación
urgente que pone en peligro inmediato la vida del paciente
o la función de algún órgano.
La Medicina de Urgencias es hoy una actividad carente de reconocimiento
en la Ley de Especialidades Medicas española, pero dotada
de un cuerpo doctrinal propio que le ha llevado a ser reconocida
como especialidad en otros países. Frente al carácter vertical
de las especialidades médicas que podríamos denominar “clásicas”,
la Medicina de Urgencias es una actividad multidisciplinar
que se caracteriza por su horizontalidad, tanto organizativa,
al servir de puente entre los niveles de atención primaria
y hospitalaria, como doctrinal, al integrar conocimientos
y técnicas procedentes de diferentes especialidades aplicándolos
durante un periodo de la evolución del proceso: la fase aguda.
El referente histórico de la Medicina
de Urgencias en España data de 1964, momento en que se crearon
los Servicios Normales y Especiales de Urgencia Extrahospitalarios.
En esta época las áreas de urgencia de los hospitales carecían
de una estructura física y funcional definida, encargando
este tipo de asistencia a los médicos noveles que fueron sustituyéndose
por médicos internos residentes del Programa Nacional de Formación
(MIR), asesorados por el personal del “staff” de guardia de
las distintas especialidades.
Los Servicios de Urgencias Hospitalarios (SUH)
en las décadas siguientes sufren un importante incremento
en la asistencia debido a múltiples causas (nuevo acceso al
hospital cuando existen demoras en otros niveles, única forma
de atención a pacientes transeúntes o inmigrantes, desarrollo
de una cultura de consumo de recursos sanitarios en una población
cada vez más demandante, etc.). Esta polarización a la asistencia
especializada y hacia los hospitales hacen crecer de forma
desorganizada las áreas de urgencias, sobre todo a partir
de una demanda de la población en continuo aumento.
El Informe del Defensor del Pueblo (1988) sobre los SUH marca
un cambio significativo en la concepción de la Medicina de
Urgencias, denunciando la situación de la asistencia urgente
y proponiendo a las Administraciones Públicas Sanitarias la
corrección de dicha situación mediante una serie de medidas
que aún no han sido evaluadas.
El notable incremento del número de urgencias atendidas en
los últimos años hace preciso dotar a los hospitales de personal
médico específico cuya actividad se desarrolle únicamente
en este ámbito. Por ello se crea en el año 2001 la categoría
profesional de médicos de urgencia hospitalaria (Real
Decreto 866/2001), a la vez que se regulan de forma especifica
las funciones que deberán desempeñar estos profesionales (ver
más adelante), los requisitos de accesos la misma, así como
aquellas cuestiones que resultan necesarias a la hora de establecer
una nueva categoría y modalidad estatutaria.
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