Como se ha dicho anteriormente, es difícil definir rigurosamente las emergencias antes señaladas, en primer lugar por la subjetividad de las personas al catalogarlas, y en segundo lugar porque un accidente que en origen es sólo una Emergencia Parcial o controlada, por múltiples e imprevisibles factores puede pasar a ser General.
En todo caso, parece oportuno dar una definición por cuanto ello determina una serie de acciones a tomar.
Conato de Emergencia
Es el accidente o posibilidad de riesgo que pueda ser valorado, controlado y dominado de forma sencilla y rápida por el personal y medios del propio Centro. En un conato de emergencia actuara el E.P.I. correspondiente a la zona y la Brigada General que si lo considera necesario solicitara la ayuda exterior (Bomberos, policia, etc).
Se ha destacado que la característica fundamental del Conato de Emergencia es que su resolución se hace con los medios disponibles en el lugar donde se produce. Siempre deberá informarse de la situación y de su resolución al responsable del Comité de Catástrofes.
Asimismo se comunicará al Servicio de Mantenimiento que llevará un Registro de todos los conatos de Emergencia sucedidos en el Centro.
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Emergencia Parcial
Es el accidente que para ser dominado requiere la actuación de los equipos especiales del Centro y medios de los Servicios Públicos.
Para ser tal, los efectos de la Emergencia Parcial quedarán limitados a un área o zona fácilmente controlable y que, previsiblemente, no afectarán a otras colindantes.
Supuestamente habrá que trasladar pacientes del sector de riesgo a otra zona protegida, por posible efecto de humo o llamas.
En caso de Emergencia Parcial, el Comité de Catástrofes, además de las acciones generales enunciadas anteriormente, realizará las siguientes:
- Apertura del Plan de Emergencia del Centro.
- Control de llamadas por centralita telefónica.
- Asegurar el mantenimiento de las vías de acceso al Hospital expeditas.
- Cese de determinadas actividades: Urgencia, Bloque Quirúrgico, Suspensión de Consultas, o aceleración de actividades como intervenciones iniciadas, etcétera.
- Preparar la posible evacuación, según normas que se detallan más adelante.
- Activación del Equipo de Información, para ello el Servicio de Admisión facilitará listado de los enfermos ingresados en la zona afectada.
- Preparación del Área de Información a familiares.
- Preparación de la Oficina de Información a la Prensa.
- Alerta a los Servicios Centrales y Generales del Hospital:
- Banco de Sangre. Laboratorios
- Plantas de Hospitalizacion
- Radiología.
- Laboratorios.
- Quirófanos.
- Reanimación.
- Centralita.
- Resto de servicios administrativos
- Redistribución interna de los Recursos Humanos existentes en el Centro.
- Habilitación de espacios libres y zonas de seguridad. Necesariamente el Plan de Catástrofes Internas de cada Centro contemplará la existencia de zonas de seguridad en cada Área y la alternativa en caso de que sea ella la afectada.
- Dar instrucciones para efectuar el cordón de seguridad en torno al Hospital e impedir la entrada de personas ajenas al Hospital.
- Vigilar que se han tomado las medidas habituales para controlar el siniestro.
- Suspender el funcionamiento de los ascensores (salvo el declarado para uso de bomberos).
- Cortar suministros de gases y fluidos, por el Servicio de Mantenimiento, previa consulta y valoración de las zonas afectadas.
Emergencia General
Es el accidente que precisa de la actuación de todos los equipos y medios de protección del Centro sanitario y de la ayuda exterior.
La Emergencia General podrá comportar la evacuación o aislamiento de determinadas áreas del Hospital y el traslado de pacientes.
El Comité de Catástrofes desarrollará las acciones enunciadas en la Emergencia Parcial y además las siguientes:
- A propuesta de los Bomberos, pondrá en marcha la Evacuación parcial o total del Hospital.
- Dará las instrucciones oportunas para la Localización y Movilización del Personal que, en virtud de su horario, no se encuentren físicamente en el Centro.
La movilización del Personal Facultativo se hará de forma selectiva en virtud de las dimensiones del siniestro y el área afectada. El Comité de Catástrofes decidirá su número para la atención de enfermos evacuados y la posibilidad de dar altas. La Dirección Médica deberá tener previsto su propio sistema de localización del Personal Facultativo.
Los criterios para la movilización del Personal de Enfermería están en función de su adscripción al área afectada, sobre todo por el conocimiento de los enfermos y la continuación de cuidados en el área donde han sido evacuados. Cada unidad de Enfermería tendrá establecido su propio sistema de localización de personal fuera de servicio. Es recomendable que inicialmente ea movilizado el turno siguiente de trabajo a aquel en que se produce la catástrofe. Asimismo se organizará un sistema de relevo para garantizar el necesario descanso.
La Jefatura de Personal Subalterno tendrá establecida la movilización de Celadores, con criterios generales similares a los descritos para el Personal de Enfermería.
El Servicio de Mantenimiento igualmente tendrá que prever la movilización del personal de Mantenimiento de tal forma que se garanticen las necesidades adicionales de oxígeno, puntos de luz, etcétera.
La Dirección de Gestión tendrá su propio sistema preestablecido de movilización de Personal Auxiliar Administrativo.
El sistema de localización será telefónico, siendo por ello necesario que el primer lugar a reforzar sea la Centralita telefónica. Es recomendable que todos los teléfonos de personal estén en lugar accesible a cualquier hora del día. El lugar más adecuado será la Centralita telefónica o el Centro de Mando que designe el Hospital. En todo caso se dispondrá del adecuado sistema de custodia, para garantizar que el acceso a dichos datos quede restringido al Responsable del Comité de Catástrofes y sólo en circunstancias especiales justificadas.
Es recomendable igualmente que en los Hospitales exista una posible alternativa a la Central Telefónica, por si el siniestro le afectase directamente. La sustitución podría venir por teléfonos "punto-punto" o emisoras de radio, para cuyo emplazamiento se recomienda, el lugar elegido como Centro de Mando o el Área de Urgencias.
- Aunque el Hospital deberá continuar atendiendo a las Urgencias vitales, el Comité de Catástrofes dará orden de desviar a aquellos pacientes que lleguen a Urgencias y que estén en condiciones clínicas que permitan su derivación a otro Centro sanitario previamente designado.
- Evaluar la necesidad de Expansión del Hospital. Para ello el Hospital deberá contar previamente con determinadas zonas de seguridad que puedan ser utilizadas para su posible expansión. Igualmente se contemplará la utilización de zonas adyacentes a éstas.
Es recomendable que la Comisión de Catástrofes del Centro, en su Plan de Catástrofes Internas, incluya una Guía de Zonas Contiguas de Seguridad y Expansión. Es un hecho constante en los centros, la carencia de espacios, y la utilización máxima que se hace de éstos, tanto para la colocación de despachos como de instalaciones, pero se ha de ser muy consciente de que su ocupación no limite o excluya los mínimos niveles de seguridad a los que todos los profesionales y usuarios del Centro tienen derecho. Por ello es recomendable que ante la utilización de un lugar aparentemente sin función se analice las consecuencias, desde el punto de vista de la seguridad por si ello pudiera representar un obstáculo en el traslado o evacuación de pacientes.
Igualmente la elaboración de esta Guía de zonas contiguas de seguridad y expansión contribuirá a valorar, si existen elementos en la actualidad que por razones estéticas o funcionales limitan o impiden una rápida y eficaz evacuación.
En todo caso, el Comité de Catástrofes se supeditará a la decisión de los Bomberos para la evacuación de pacientes, cuya metodología deberá estar adecuadamente sistematizada (Ver apartado específico).