Publicado el 30/12/2015 Más información
En el Boe de fecha 30 de diciembre de 2015 se han publicado las disposiciones siguientes:
Seguridad Social. Pensiones
Real Decreto 1170/2015, de 29 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2016
http://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14272.pdf
Salario mínimo interprofesional
Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016.
http://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14273.pdf
Resumen:
Las pensiones causadas con anterioridad al 1 de enero de 2016 se revalorizarán el 0,25 por ciento.
El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 2.567,28 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder
Revalorización de las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.
Para el año 2016, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez, en su modalidad no contributiva, queda fijada en 5.150,60 euros íntegros anuales
Salario mínimo interprofesional para 2016.
El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,84 euros/día o 655,20 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
Un saludo,
Asesoría Juridica GAI Albacete
Ext 37185
Complejo Hospitalario Universitario de Albacete. Webmaster. Todos los derechos reservados. Nota Legal.