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Agresiones al personal del Sescam. Se crea y regula el Observatorio para su prevención

Publicado el 28/11/2018    Más información Enlace a web externa que se abrirá en una nueva ventana.    

 


En el Docm de fecha 27-11-2018 se ha publicado la siguiente disposición:

Resolución de 06/11/2018, de la Dirección-Gerencia, por la que se crea y se regula el Observatorio de la Violencia para la prevención de agresiones al personal del Sescam.

https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do ruta=2018/11/27/pdf/2018_13718.pdf&tipo=rutaDocm

Resumen:

- Finalidad del Observatorio:
El Observatorio de la Violencia se adscribe a la Dirección Gerencia del Sescam y tiene como finalidad:
-Conocer, analizar y evaluar situaciones de riesgo de agresiones al personal del Sescam.
- Proponer actuaciones de prevención e intervención para la mejora de la relación entre profesionales y usuarios.
- Mejorar las comunicaciones/interacciones entre trabajadores y usuarios mediante la prevención de conductas y actos agresivos y la mejora del clima laboral.
- Evitar/minimizar el número de agresiones a los profesionales.
- Servir de foro de diálogo entre Administraciones y otros representantes de la sociedad en orden a asegurar una participación activa para prevenir agresiones

4.2. Funciones del Observatorio:
1. Promover la realización de planes de prevención y procedimientos de actuación para actuar frente a situaciones de conflicto y agresión, minimizar tiempos de respuesta, establecer mecanismos de prevención, así como evaluar el nivel de aplicación, desarrollo y eficacia de los mismos.
2. Realizar estudios que permitan un mejor conocimiento de la situación de las agresiones, así como llevar a cabo un análisis de los mismos para proponer mejoras en los procedimientos de actuación.
3. Elaborar una memoria anual de actividades en la que se recojan los datos e informaciones más relevantes.
4. Impulsar planes de información y formación, dirigidos a los profesionales del Sescam, que incluyan la metodología de actuación preventiva ante la violencia, el trato correcto y comunicación entre profesionales y usuarios.
5. Promover foros y encuentros entre profesionales y expertos para facilitar el intercambio de conocimientos, experiencias
investigaciones, trabajos y nuevas iniciativas en esta materia.
6. Proponer mejoras generales con relación a procedimientos del Plan Perseo.
7. Formular propuestas de Convenios, Acuerdos o Protocolos de actuación, a nivel regional, con otras entidades u organismos públicos con competencias en la materia.
8. Crear los grupos de trabajo que se consideren necesarios para el desarrollo de los fines del Observatorio.
9. Cualquier otra función que le sea encomendada con relación a la prevención de agresiones a profesionales del Sescam.

- Aplicación a las empresas externas contratadas por el Sescam
a) Las empresas externas contratadas serán informadas de la existencia de la
presente resolución mediante la entrega de la misma y la firma de su recepción.
b) Cuando se produzca un caso de conflicto en el cual esté implicado personal de alguna de estas empresas contratadas se aplicarán los mecanismos de coordinación empresarial establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo en materia de coordinación de actividades empresariales y la Circular nº 5/2011, de 27 de mayo, sobre coordinación de actividades empresariales en materia preventiva del Sescam.


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