Publicado el 27/03/2013 Más información
LA DEROGACIÓN SE JUSTIFICA EN:
los pronunciamientos que sobre dicha Orden se han realizado por parte del Tribunal Superior de Justicia
de Castilla-La Mancha hacen prácticamente imposible la consecución y objetivos de mejora que se pretendían obtener
con la misma, objetivos que como es sabido están encomendados por el ordenamiento jurídico. Pero es que además a
la vista de la constatación del escaso uso de estos recursos se obstaculiza el logro de una sanidad más eficiente, eficaz,
útil, rápida, moderna, racional y efectiva.
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