Publicado el 30/09/2013 Más información
Publicada en el Docm de fecha 30-9-2013
Orden de 11/09/2013, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regula el tablón
de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
RESUMEN:
- Ámbito del tablón de anuncios electrónico.
1. En el tablón de anuncios electrónico ha de realizarse el trámite de información pública en la tramitación de todos
aquellos anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales que se requiera conforme al Ordenamiento
Jurídico.
2. El tablón de anuncios electrónico se configura como medio oficial de notificación, a través de anuncios, con la
consideración de oficial y auténtica, de las resoluciones y actos dictados por la Administración de la Junta de Comunidades
en los siguientes supuestos:
a) Cuando los interesados en el procedimiento sean desconocidos.
b) Cuando se ignore el lugar de la notificación o el medio por el que ha de practicarse.
c) Cuando intentada la notificación, ésta no se haya podido practicar.
En estos casos, la notificación en el tablón de anuncios electrónico sustituirá la obligación de la Administración de
notificar al interesado en el tablón de edictos del municipio, pero no excluirá la obligación de hacerlo en el Diario
Oficial de Castilla-La Mancha.
3. La publicación en el tablón de anuncios electrónico sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, en
los supuestos establecidos en el apartado 6 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre:
a) Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas o cuando la Administración estime
que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo,
en este último caso, adicional a la notificación efectuada.
b) Cuando se trate de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier
tipo. En este caso, la convocatoria del procedimiento deberá indicar el tablón de anuncios electrónico como medio
donde se efectuarán las sucesivas publicaciones, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos.
- El tablón se estructura en tres apartados diferenciados:
a) Información pública.
b) Notificaciones.
c) Publicaciones
- La orden de inserción en el tablón de anuncios electrónico corresponderá a las secretarías generales o generales
técnicas de las Consejerías de la Administración de la Junta de Comunidades o a los órganos establecidos en las
normas organizativas de los organismos públicos vinculados o dependientes de la misma
- Entrará en vigor el 30-10-2013
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