Publicado el 10/02/2014 Más información
esolución de 29/01/2014, de la Secretaría General, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16/01/2014 por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, en el que se determinan las medidas a adoptar respecto al personal destinado en las Gerencias de Atención Primaria y Atención Especializada de Albacete por la implantación de la nueva Gerencia de Atención Integrada.
Publicada en el Docm de fecha 10-2-2014
RESUMEN:
- Reordenación del personal
1) Quedarán adscritos a la Gerencia de Atención Integrada de Albacete:
a) El personal con nombramiento en alguno de los Equipos de Atención Primaria (EAP) y con nombramiento en plazas de Área de Salud en el ámbito de Atención primaria que se encuentren adscritos a Equipos que pasen a ser gestionados por la GAI de Albacete.
b) El personal con nombramiento en plazas de Área de salud del ámbito de Atención especializada del Complejo Hospitalario de Albacete.
2) Respecto al personal de las unidades de apoyo y servicios centrales de las Gerencia de Atención primaria se incorporará a alguna de las nuevas GAI constituidas dentro del Área de salud de Albacete, teniendo en cuenta que el personal estatutario propietario sólo será desplazado de la GAI de Albacete de no existir plaza vacante u ocupada por personal temporal que se le pueda ofertar, incluyendo en esta oferta las plazas individualizadas de los EAP que estén cubiertas por personal temporal.
En caso de ser necesario adscribir personal fuera de la GAI de Albacete, el procedimiento se desarrollará desde los servicios centrales por la Dirección Gerencia del Sescam (Ver los criterios en la Resolución)
- Redistribución del personal dentro de la Gerencia de Atención Integrada.
Una vez fijados los efectivos de la nueva Gerencia de Atención Integrada, conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, el titular de la GAI valorará si resultan sobredimensionados determinados servicios o áreas funcionales, y al objeto de racionalizar los recursos de la nueva Gerencia, podrá realizar una redistribución de los efectivos dentro de las unidades. Para ello y en caso necesario, mediante resolución motivada de la propia Gerencia se procederá reconducirlos hacia aquellas unidades que se consideren deficitarias, o cubiertas por personal temporal
- Movilidad en el ámbito territorial de la Gerencia de Atención Integrada Detectada una situación de necesidad inaplazable por resultar preciso contar con efectivos para una adecuada cobertura asistencial y no siendo posible prestarla con los medios propios del centro correspondiente, el titular de la Gerencia procederá a ofertarla a otros profesionales de la categoría afectada para su cobertura voluntaria mediante comisión de servicios No habiendo sido posible su cobertura mediante el anterior proceso de movilidad voluntaria Se designará con carácter forzoso a un profesional de alguno de los centros pertenecientes al ámbito de la GAI cuya movilidad no suponga perjuicio para la cobertura asistencial, y atendiendo a los siguientes criterios.
- En primer lugar en función de la mayor proximidad
- En segundo lugar a su menor antigüedad en el puesto
- Ámbito de nombramiento
1- Los nombramientos en plazas individualizadas del personal del ámbito asistencial de atención primaria quedan vinculados a la Gerencia de Atención Integrada como nombramientos en plazas individualizadas en el ámbito asistencial de atención primaria y estarán identificados con el correspondiente CIAS de la Zona básica de salud.
2- Los nombramientos en plazas de Área de salud del ámbito asistencial de atención especializada (FEAS) quedan vinculados a la Gerencia de Atención Integrada como nombramientos de Área de salud, con ámbito asistencial de atención especializada.
3- Los nombramientos en plazas de Área de Salud del ámbito asistencial de atención primaria, quedan vinculados a la Gerencia de Atención Integrada correspondiente como nombramientos de Área de salud con ámbito asistencial de atención primaria y de atención especializada.
4- El resto del personal adscrito a las Gerencias, quedan vinculados a la Gerencia de Atención Integrada con ámbito asistencial de atención primaria y de atención especializada
- Adaptación de pactos vigentes
Respecto al Pacto sobre criterios para el cese del personal temporal, publicado por Resolución de 03/08/2007 de la Dirección General de Trabajo e Inmigración ( DOCM nº 171 de 16 de Agosto) y modificado por Resolución de 28/01/2010 ( D.O.C.M nº 23 de 4 de Febrero), o el que le sustituya en su caso, los criterios contenidos en el mismo serán aplicarán en relación a las respectivas categorías dentro del ámbito de la actual estructura de Gestión (Gerencia de Atención Integrada de Albacete).
Respecto a la aplicación del Pacto de Promoción Interna temporal, publicado por Resolución de 29/07/2009 de la Dirección General de Trabajo e Inmigración (D.O.C.M nº 164 de 24 de agosto de 2009), o el que le sustituya en su caso, quedará constituida una única Bolsa para cada una de las categorías dentro la Gerencia de Atención Integrada de Albacete
- Vigencia del plan
En lo referente a la reordenación de personal de la nuevas Gerencias de Atención Integrada de Albacete ), el presente plan agotará su vigencia cuando finalice la misma.
El resto del contenido del Plan se mantendrá vigente hasta que se regule su contenido por otra disposición. Se faculta a la Dirección General de Recursos Humanos para dictar cuantas Instrucciones resulten precisas en aplicación de la presente Resolución.
El presente Plan entrará en vigor a los 15 días de su publicación en el DOCM
- Disposición Adicional
Si como consecuencia de la aplicación del presente Plan de Ordenación algún profesional que hubiera prestado servicios en un único ámbito asistencial debiera ser adscrito a un ámbito asistencial diferente se facilitará la formación necesaria para la adquisición de las competencias exigidas para el desempeño del puesto
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