Inicio de la web del Complejo Hospitalario Universitario de Albacete

Saltar a contenidos
Decoracion. Grupo de personas.

Barra de navegación

Compartir en FacebookCompartir en Twitter
Aumentar tamao del texto..
Tamao normal del texto..
Disminuir tamao del texto..
Escuche el contenido de esta pgina. Se abrir una nueva ventana..
Novedades y noticias legislativas

Contenido

Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015

Publicado el 29/12/2014    Más información Enlace a web externa que se abrirá en una nueva ventana.    

 



- En el Docm de fecha 28-12-2014 se ha publicado la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015

- El presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2015 es de 8.206.375,74 euros

- El presupuesto correspondiente a Sanidad para 2015 es de 2.384.736.190,00 euros

- Las retribuciones íntegras de los empleados públicos, ya se trate de altos cargos, puestos directivos, personal funcionario, estatutario o laboral, no podrán experimentar incremento alguno

-El incentivo por objetivos, para el que, durante el ejercicio 2015, no se asignará cantidad alguna, salvo lo específicamente previsto para el personal estatutario al servicio de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

- Normas específicas sobre retribuciones del personal de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha
1.- El personal al servicio de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha podrá percibir el complemento de carrera.
. 2.- Durante el ejercicio 2015 continuará suspendido el reconocimiento y los nuevos pagos de grado I, II, III y IV de la carrera profesional
3.- Las retribuciones correspondientes a los complementos específicos, de atención continuada y resto de las retribuciones complementarias que, en su caso, estén fijadas al referido personal, incluyen la retribución de la prestación de los servicios en todo el ámbito geográfico de trabajo de cada profesional y de los desplazamientos necesarios para la
adecuada prestación de la atención sanitaria que el profesional sanitario deberá realizar con sus propios medios
4.- El titular de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha podrá determinar, previo informe favorable de la Dirección General competente en materia de presupuestos, las cuantías a percibir por el personal al servicio de las instituciones sanitarias de dicho organismo, en concepto de productividad variable destinada a retribuir la consecución de los objetivos presupuestarios y asistenciales programados

- Recuperación de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.
El personal al servicio del sector público regional que hubiese dejado de percibir la totalidad o parte de la paga extraordinaria, paga adicional de complemento específico y pagas adicionales del mes de diciembre de 2012, recibirá durante el primer trimestre de 2015 una cantidad en concepto de recuperación de la parte de dicha paga cuyo abono se autoriza con carácter básico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
La cantidad a abonar en concepto de recuperación de la paga extraordinaria o adicional será la que corresponda conforme a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado referida a los períodos devengados en el sector público regional

- Requisitos para la determinación o modificación de las condiciones de trabajo y modificaciones de plantilla.
1.- Las modificaciones de la plantilla del personal de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha requerirán la previa conformidad de la Dirección General competente en materia de presupuestos.
No obstante, aquellas modificaciones que no supongan un incremento de los créditos del capítulo I del presupuesto de gastos de dicho organismo, podrán ser aprobadas por el titular de la Dirección Gerencia, dando cuenta a la Dirección General competente en materia de presupuestos.

- Nombramientos de personal estatutario temporal y contratación de personal laboral temporal en el ámbito del sector público regional
Durante el año 2015, no se procederá a la contratación de nuevo personal laboral temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal, ya sea mediante contratos o nombramientos por sustitución o por vacante, salvo en casos excepcionales en los que, contando con la correspondiente dotación presupuestaria, se pretenda cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y grupos profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de
los servicios públicos esenciales.

- Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma.
Las tasas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se elevarán hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 sobre la cuantía que resultaba exigible en el año 2014

- Sustitución de la fiscalización previa por el control financiero permanente.
Durante 2015, la fiscalización previa de la nómina que gestiona la Dirección General con competencias en materia de función pública y de los expedientes de contratación de personal laboral se sustituye por el control financiero permanente a efectuar por la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

- Encomiendas a entidades, empresas y fundaciones públicas
Los entes, empresas y fundaciones integrantes del sector público regional serán considerados medios propios y servicios técnicos de la Administración regional, de sus organismos autónomos y entidades públicas, de conformidad con lo previsto en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

- Reordenación del sector público.
1. Durante el ejercicio 2015, se autoriza al Consejo de Gobierno para que, a propuesta de la Consejería competente en materia de hacienda y a iniciativa de la Consejería interesada por razón de la materia, proceda a reestructurar el sector público regional quedando facultado, a tal efecto, para modificar o refundir organismos autónomos o entidades públicas, incluso cuando ello suponga una alteración de sus fines generales o de sus peculiaridades del régimen jurídico que exija norma con rango de ley.

- Garantía retributiva.
En ningún caso el personal empleado público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha percibirá durante 2015 unas retribuciones íntegras imputables a cada mes, inferiores a 1.192,00 euros

- Modificación de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha
Además de en los supuestos previstos en la legislación básica y en la presente ley, procede declarar de oficio la excedencia voluntaria por interés particular en los siguientes casos:
a) Cuando, finalizada la causa que determinó el pase a una situación distinta a la de servicio activo, se incumpla la obligación de solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo que reglamentariamente se determine.
b) Cuando no se tome posesión, dentro del plazo que reglamentariamente se determine, del puesto asignado a través del procedimiento previsto en el artículo 76




Pie de página

Complejo Hospitalario Universitario de Albacete. Webmaster. Todos los derechos reservados. Nota Legal.


HTML 4.01 Transitional válido - CSS Válido - Icono de conformidad con el Nivel Triple-A, de las Directrices de Accesibilidad para el 	Contenido Web 1.0 del W3C-WAI - Validado por TAW